La crisis del coronavirus nos está afectando de lleno a muchos de nosotros, puesto que cada vez somos más los empleados o empleadores que vemos como se tienen que poner en marcha expedientes de regulación temporal de empleo. Esto se debe a que, si ya estábamos poco boyantes, por culpa, en parte, del crecimiento de las grandes empresas y por la cantidad de cuota de mercado que estas absorben, lo cierto es que ahora, con ya un mes cumplido de nuestras compañías cerradas, la realidad es que la situación se hace insostenible. Durante este último mes han sido muchas las empresas, de todos los tamaños, que han comenzado a aplicar estos expedientes de regulación conocidos como ERTE para poder seguir subsistiendo, sin embargo, otras muchas ya nunca más volverán a abrir, lo cual es realmente triste. Y es que esta crisis que vivimos no se debe a una mala gestión empresarial, ni siquiera a una guerra, sino que la culpa es un virus que nos afecta a todos por igual y que no entiende de clases. Es por ello por lo que los gobiernos han de actuar con rapidez para evitar que la economía mundial vuelva a sufrir.
Como os decimos, esta crisis no solo la sufre España o los países de la zona euro, sino que se trata de una pandemia global que, en mayor o menor medida, nos afecta a todos por igual. Es por ello por lo que los gobiernos han de tomar medidas en conjunto para favorecer a los emprendedores y ciudadanos de cada uno de sus países y no dejar que este virus tire por tierra un trabajo económico de muchos años. En este sentido, aunque muchos países hemos ido cayendo en los mismos errores que otros que iban por delante en cuanto a número de afectados, lo cierto es que España se está poniendo las pilas y ya comenzamos a ver las primeras medidas de estímulo económico que nos ayuden a salir pronto de esta crisis.
En concreto, gracias a la aprobación del Real Decreto–ley 7/2020, los impuestos que un autónomo puede posponer hasta los 6 meses a la hora de realizar el pago son tanto el IVA (Modelo 303) como el IRPF (tanto en estimación directa con el Modelo 130 como en estimación objetiva con el Modelo 131). Con lo que junto con las empresas tendrá un impacto positivo en la cantidad de liquidez con la que contarán en estos momentos tan duros y complicados para todos. Así, en este sentido, todas aquellas compañías que tenían en mente progresar y alquilar una oficina para desarrollar sus actividades, lo pueden seguir haciendo y es que a corto plazo verán como su liquidez se mantiene, a pesar de no poder operar. Es por ello por lo que todas aquellas personas que busquen un local para su negocio, lo mejor que pueden hacer es acudir a Real Estate Prime Properties, una empresa que nosotros os recomendamos y que seguro que os ayuda a encontrar la mejor oficina al mejor precio y es que otra de las particularidades de esta crisis pasa por el precio de los bienes, los cuales, a bien seguro, veremos como disminuyen en los próximos días y semanas.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que estas ayudas que nos ofrece el estado no dejan de ser una moratoria y no una exención con lo que tarde o temprano tendremos que pagarlos. Aún así, para todos aquellos que estamos interesados en solicitarlas, tenemos más datos en la página de la Agencia Tributaria de como proceder con este trámite.
El aplazamiento de estas cuotas para los autónomos por el coronavirus, al cual se le conoce oficialmente como COVID-19, está sujeto a los siguientes puntos:
- La fecha de aplicación de esta medida va desde la aprobación del decreto hasta el 30 de mayo de 2020.
- Solo se podrán aplazar los pagos como máximo 6 meses.
- Durante los 3 primeros meses de demora no habrá intereses de ningún tipo.
- El máximo permitido en esta deuda con el Estado es de 30.000 euros.
- Solo se podrán acoger las empresas con volumen de facturación no superior a 6.010.121,04 euros en el año 2019.
Otros aplazamientos que también se pueden pedir
El aplazamiento en el reembolso de la Secretaría General de Industria es otra de las opciones que podemos pedir y que, al igual que para las empresas, es aplicable a todos los autónomos que tengan deudas con la Secretaría General de Industria. Para poder optar a ella es necesario que cumplamos con estos tres puntos:
- El plazo de la devolución del préstamo es inferior a los 6 meses desde la aprobación del Real Decreto-ley 7/2020.
- Que esté justificado que el Coronavirus está teniendo un impacto en la actividad normal del autónomo.
- La moratoria es una adaptación del tiempo en el pago, con lo que deberá realizarse siempre dentro del periodo voluntario de pago.