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¿Qué hacer si te despiden estando Embarazada?

Es importante conocer cuáles son nuestros derechos como trabajadores para podernos defender en ocasiones que no se hacen las cosas conforme a la Ley.

De hecho, cuando nos encontramos con un despido, aunque muchos no lo sepan, suele ser nulo en un 32, 5% de las ocasiones.

Y es que, en ciertas ocasiones se dan despidos que van en contra de lo fijado en las leyes y, en muchos casos, el trabajador se ve obligado a aceptar un despido improcedente cuando, en realidad se trata de un despido nulo.

Por ejemplo, si te despiden estando embarazada pese a que el empresario intente que sea declarado improcedente puedes luchar para que se declare nulo y vuelvas a mantener tu puesto de trabajo.

En qué casos nos encontramos con un Despido Nulo

En primer lugar, conviene aclarar en qué casos se considera un despido como nulo. Así, en el Estatuto de los trabajadores se indica que el despido es nulo cuando viene motivado por alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución, en la Ley, o bien si se produce la violación de los derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador.

El despido es nulo en supuestos como son los periodos de suspensión recogidos en el Estatuto de los Trabajadores por maternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, adopción o paternidad.

La regla general nos dice que el despido de una mujer embarazada es nulo de pleno derecho, con la excepción de que el despido se fundamente en el propio embarazo, por ejemplo, que se base en las causas del despido disciplinario.

Algunas de las causas de despido disciplinario pueden ser, las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad. La indisciplina o desobediencia en el trabajo o una disminución continuada y voluntaria del rendimiento de trabajo normal o pactado, entre otras.

En mi caso, la falta de información me hizo pecar de ingenua cuando me llegó la notificación de mi despido estando de cuatro meses. Al recibirla, me entró un sudor frío, no sabía qué hacer y al hablar con mi jefe todo parecía según la normativa.

Por ello, siempre recuerdo a mis amigas lo importante que es conocer nuestros derechos para que no nos la cuelen.

Por suerte para mí, mi marido conocía muy bien todo lo relativo a la normativa que regula cuándo un despido puede ser considerado nulo. Para estar mucho más seguro se asesoró el Despacho Duran & Duran, a quien agradezco por su excepcional trabajo de asesoramiento y defensa. Una vez que le explique mi caso me tranquilizo y confirmó que todo saldría bien y que la ley estaba de mi parte.

Y es que, mi jefe alegaba que había faltado al trabajo debido a mis citas con el doctor por lo que consideraba que tenía todas las de la Ley de considerarlo dentro de las faltas que se enmarcan en el despido disciplinario.

Si bien, con ayuda de mi abogado demostramos que esto no era para nada el caso. Y es que no se considera ni contabiliza como falta cuando acudes al médico por causa de tu embarazo porque estas faltas estarían claramente justificadas.

De modo que, si la empresa no puede demostrar que el despido se debe a causas ajenas al embarazo, la consecuencia inmediata es la reincorporación de la trabajadora a su puesto de trabajo con el abono de los salarios dejados de percibir, además la empresa deberá cotizar a la Seguridad Social todos estos meses.

No podéis imaginar la diferencia que supuso para mí contar con ese dinero y la sensación, además de haber luchado por mis derechos y por un trato más justo a las mujeres que nos quedamos embarazadas.

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